Mediante resolución No. 001-2017 de la CNEPR, le notifica y advierte de la no presentación por período de 30 días a partir de la notificación de la resolución, por haber hecho uso vulgar y soez del lenguaje, profiriendo palabras y expresiones groseras, vulgares, obscenas y discriminatorias, impropias para el uso público y más aún cuando lo ha hecho a través de un medio de comunicación como la televisión.
La CNEPR emitió dicha suspensión debido a las palabras y expresiones proferidas por la señora Claudia Pérez Ramírez, popularmente conocida como “La Tora” en el programa “Eficiencia Social”, que se transmite por el Canal 45 de Teleradioamérica (TRA), ya que estas atentan contra el buen uso del lenguaje en los medios de comunicación.
Reservándose el derecho de iniciar el proceso judicial en su contra de acuerdo a la ley y el derecho, por el incumplimiento a la resolución.
Además realizó la advertencia Legal, a los propietarios, directores, conductores, encargados o afines, de los diferentes canales y programas televisivos, para que en lo sucesivo procedan a regularizar la transmisión de contenidos a través de la Televisión Dominicana.
El Reglamento 824 de Ley 1951, para el funcionamiento de la Comisión Nacional de Espectáculos Públicos y Radiofonía, le da facultad a dicha Comisión de someter a la acción de la justicia a los que lo infrinjan o cualquier otra disposición legal confiada a su vigilancia, por tanto debe estar sujeta en todo momento a las normas que prescriben la ley de telecomunicaciones, los convenios internacionales y cualquier otra disposición legal.
La CNEPR hace un llamado a los conductores y productores de programas de radio y televisión para que hagan conciencia de la influencia que ejercen dentro de la sociedad a través de los medios y que estos deben de ser utilizados para fines educativos, informativos y de provecho para todos.
(Diario Libre)
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